La nueva Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, en vigor desde hace siete meses, está levantando ampollas entre los profesionales de la abogacía. Respecto a las entidades financieras, asegura que éstas cuentan con grandes estructuras y múltiples medios frente a los abogados, cuyas obligaciones son iguales para los grandes bufetes como para los más pequeños. "Muchos no saben cómo afrontar la gestión organizativa, administrativa y financiera que les exige la ley para afrontar los casos en los que pudiera sospechar que existe alguna actuación delictiva", critica Sánchez Stewart.
Para el consejero y a la vez presidente de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía, Nielson Sánchez Stewart, la nueva normativa impone "medidas desproporcionadas, inútiles y exóticas que no llevan a ninguna finalidad, porque el abogado que finalmente colabora conscientemente con el blanqueo de capitales no es un letrado, es un delincuente".
La Ley 10/2010 de Blanqueo de Capitales, además, resulta contraria al principio de confidencialidad que rige la abogacía. "¿Cómo se puede tener confianza cuando la ley te obliga a desconfiar?", se pregunta Sánchez Stewart. Además, considera que esta situación puede originar que el cliente al consultar con un abogado le ofrezca una información parcial, "lo que podrá afectar al derecho de defensa".
En su opinión, estas exigencias se acompañan con una serie de "medidas punitivas", contenidas en el nuevo Código Penal, que entrará en vigor el próximo 23 de diciembre. No obstante, la abogacía española confía en que el reglamento de la Ley 10/2010, cuyo texto no ha pasado todavía por sus manos, exima de una serie de obligaciones a algunos de los sujetos obligados. Hasta el 15 de diciembre, la Dirección General del Tesoro ha abierto una audiencia pública para recibir alegaciones y saber cuáles de las funciones de los sujetos obligados son susceptibles de diligencias simplificadas. "Nosotros no pedimos ningún tipo de privilegio. El secreto profesional es un beneficio del justiciable, no del abogado, de hecho es el cliente el que tiene derecho a una defensa y confidencialidad", asegura Stewart.
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Las sentencias cortas se derivan de una gran experiencia.
Cervantes (1547-1616)
Escritor español.
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============"quien oculta su rostro para acusar, también es capaz de ocultar la verdad en lo que acusa"============
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