El Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona convoca una nueva edición del premio Feixó Carreras para colegiados y colegiadas del ICAB que hayan obtenido su título de licenciado en Derecho en el año de la convocatoria o en los tres anteriores. La fecha límite de presentación será el 31 de diciembre de 2010.

1.    El  Premio está dotado con 3.000 euros.

2.    Podrán optar al Premio los colegiados y colegiadas del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona que hayan obtenido su título de licenciado en Derecho en el año de la convocatoria o en los tres anteriores.

3.    El Premio está destinado a ayudar a la realización de un trabajo sobre un tema de Derecho Procesal u Organización Judicial.

4.    Los interesados tendrán que presentar en la Secretaría del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona) dentro del plazo establecido, una solicitud dirigida a la Junta de Gobierno con la documentación adjunta siguiente:

  • El título del tema escogido por el concursante y un índice bien detallado del desarrollo del tema propuesto con indicación de la extensión prevista.
  • La bibliografía que piensan utilizar para su realización.
  • El calendario de ejecución del trabajo y método que piensan utilizar para la realización de éste.
  • El curriculum vitae, en el que consten los estudios realizados, los diplomas obtenidos y los trabajos de la especialidad publicados o inéditos. La Junta de Gobierno podrá exigir certificados de los estudios y diplomas de los trabajos.

Igualmente, se acompañará un ejemplar en formato electrónico de toda la documentación antes mencionada.

5.    La fecha límite de presentación será el 31 de diciembre de 2010. Para aquellos trabajos enviados por correo certificado, la fecha del matasellos determinará la aceptación o no del envío.

6.    No podrá presentarse al Premio Feixó Carreras el concursante que participe en otro Premio jurídico convocado por esta Corporación durante el año 2010.

7.    El Jurado del Premio será la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

8.    La Junta de Gobierno designará una Comisión Dictaminadora integrada por tres o cinco miembros, encargada de examinar la documentación aportada por el concursante y valorarla a efectos de la concesión de la bolsa de trabajo. La Comisión Dictaminadora tendrá en cuenta la calidad del trabajo prometido por cada uno de los concursantes, las garantías de su realización y el interés y la actualidad del tema que cada uno proponga desarrollar, sin que tenga que dar preferencia a uno u otro criterio.

La Comisión Dictaminadora podrá hacer las sugerencias que estime convenientes para mejorar el trabajo, las cuales serán comunicadas al interesado para tener su aceptación u observaciones.

9.    Visto el informe de la Comisión Dictaminadora, la Junta de Gobierno decidirá libremente la adjudicación del Premio y lo comunicará al favorecido para que, en el plazo que se le indique, firme con el Colegio el oportuno convenio. La Junta de Gobierno se reserva el derecho de otorgar una mención especial a alguno de los proyectos no premiados que, por su calidad e interés, lo merezcan.

10.    La Junta de Gobierno designará, al mismo tiempo, a una persona especializada en el tema del trabajo para que controle la ejecución del mismo y oriente al concursante durante la realización de éste, y que informará periódicamente a la Secretaría del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona sobre su desarrollo, especialmente antes del vencimiento de cada uno de los plazos señalados para la entrega del importe del Premio.

11.    El convenio que tendrá que suscribir el beneficiario del Premio contendrá las cláusulas siguientes:

a)    La obligación de realizar el trabajo en los plazos establecidos.

b)    Sujeción al control del asesor designado por la Junta de Gobierno.

c)    Los plazos en que el Colegio entregará el importe del Premio, siempre que al vencimiento de éstos el beneficiario haya realizado la parte del trabajo a que se comprometió en el calendario presentado.

12.    Los retrasos justificados serán tenidos en cuenta para la prórroga del calendario, previa solicitud del beneficiario avalada por el asesor, pero no autorizarán el pago de los plazos correspondientes del Premio hasta que no se haya realizado la parte del trabajo convenida. Se exceptúan los casos extraordinarios que autorice expresamente la Junta de Gobierno. El beneficiario que se retrase en la realización del trabajo, sin una justificación adecuada, perderá su derecho al Premio y tendrá que devolver al Colegio la parte de éste que ya haya recibido.

13.    Finalizado el trabajo, el concursante lo entregará al Colegio en duplicado ejemplar junto con el informe final del asesor, que juzgará la calidad del trabajo a los efectos de ser publicado y podrá recomendar la forma y el lugar.

14.    El Colegio se reserva los derechos de una primera edición en forma de opúsculo de libro o de publicación en una revista. Pasados seis meses después de la entrega del trabajo sin que el Colegio haya iniciado la publicación se entenderá que renuncia a ésta.

15.    Si no se presentara ninguna persona al concurso, o la Junta de Gobierno decidiera que ningún concursante es merecedor del Premio, el importe del Premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos.

16.    El nombre del ganador/a del Premio se hará público durante una de las sesiones solemnes de los actos organizados por el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona para conmemorar la Festividad de San Raimundo de Peñafort 2011.

17.    La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases.

MÁS INFORMACIÓN:

Secretaría del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB)

Teléfono: 93 496 18 80 (ext. 244 / 278)

E-mail: secretariadejunta@icab.cat