SUBDELEGACIO DEL

GOVERN A ALACANT

SUBDELEGACION DEL

GOBIERNO EN ALICANTE

SECRETARIA GENERAL

OFICINA D'ESTRANGERS

SECRETARIA GENERAL

OFICINA DE EXTRANJEROS ADMINISTRACION

GENERAL DEL

ESTADO

NOTA INFORMATIVA

AUTORIZACIONES DE REGRESO

 

 

Instrucción de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil/Comisaría

General de Extranjería y Fronteras

3.

Si usted ya ha puesto la huella en la c/ Campo de Mirra nº 6 de Alicante, NO se le

expedirá la autorización de regreso, salvo caso de urgencia debidamente acreditada.En cualquier otro supuesto distinto de los señalados en la letra A.

B. ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:

1.

 

 

 

2.

Si viaja en avión, en cuyo caso deberá aportar además de la

DOCUMENTACIÓN

indicada en el punto A.2,

el billete de regreso por avión

y una fotocopia.

A. NO ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:

1

. Si usted va a regresar a España del

14 de junio hasta el 30 de septiembre de

2010, NO

viaja en avión y se encuentra en uno de los siguientes casos:

a. Tiene en trámite la renovación de su autorización.

b. Tiene concedida la renovación y la fecha para comparecer en las

dependencias de la Comisaría de Policía de Alicante, en la c/ Campo de Mirra

nº 6 (para realizar el trámite de la huella) es posterior a la fecha de salida de

España.

 

2

. En el puesto fronterizo terrestre o marítimo, deberá presentar la siguiente

DOCUMENTACIÓN

, que sustituye a la autorización de regreso:

  • Pasaporte o documento de viaje en vigor.
  • Tarjeta caducada.
  • Resguardo de la solicitud de renovación.

 

 

http://www.milanuncios.com/abogados/tf-699-333465-abogados-barcelona-tb-elda-13535421.htm